Diario Constitucional

Recurso de reclamación rechazado.

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago confirma multa a empresa de servicios de alimentación por infringir el Código Laboral al computar el pago de bono de salud de trabajadora, a su sueldo base.

El tribunal condenó a la empresa al compartir que la fiscalización realizada por la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, detectó la efectividad de la infracción.

Por Redacción·19 de mayo de 2022·2 min de lectura
Imagen: biobiochile.cl
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El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó el recurso de reclamación interpuesto por la empresa de servicios de alimentación Sodexo Chile SpA, en contra de la resolución que le impuso una multa de 60 UTM por infringir el Código Laboral al computar el pago de bono de salud de trabajadora, a su sueldo base.

El fallo señala que la reclamante ha señalado que, con independencia del nombre que le otorguen las partes, los estipendios señalados constituyen remuneración, no teniendo importancia la denominación realizada en las liquidaciones de remuneración.

Para el tribunal, en cambio dicha afirmación es errónea, pues la denominación de los estipendios en la liquidación de remuneraciones si tiene importancia práctica. En particular, para el cálculo de subsidios por incapacidad médica, según el artículo 10 del D.F.L. N.° 44 de 1978, se excluyen del cálculo de remuneración para efectos del subsidio: ‘Las remuneraciones ocasionales o que correspondan a períodos de mayor extensión que un mes, tales como gratificaciones, bonificaciones o aguinaldos de navidad o fiestas patrias, no se considerarán para la determinación de las bases de cálculo establecidas en los artículos anteriores’.

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