No se extinguiría relación laboral de quienes postularan a los cargos en Chile.
Juzgado del Trabajo acoge demanda por despido injustificado de ejecutiva de aerolínea internacional.
El Tribunal estableció que la demandante ingresó a la compañía en 1999, en Buenos Aires, Argentina, y se trasladó a Santiago en 2012, tras el cierre de la sucursal trasandina, manteniendo agencia en Chile.

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda por despido improcedente presentada por ejecutiva y ordenó a la aerolínea Qantas Airways Limited pagar las prestaciones laborales desde el inicio de la relación laboral, el que se produjo en el extranjero.
La sentencia sostiene que atendido el contrato de trabajo que se incorporó en primer lugar es posible establecer que la demandante ingresó a prestar servicios a Qantas Airways Argentina, con fecha 1 de marzo de 1999, desempeñándose como controlador financiero.
La resolución agrega que además de lo anterior, de la testimonial de autos y memorándum y documento denominado acuerdo de asistencia y condiciones de fecha 6 de marzo de 2012, aparece que Qantas Airways Argentina cerró sus operaciones en Argentina a partir del 29 de junio de 2012, trasladando sus operaciones a la ciudad de Santiago, ofreciendo a los trabajadores la posibilidad de postular para cargos en dicha ciudad, no extinguiendo la relación laboral, siendo transferido su contrato a Chile, garantizándole el pago de las sumas que le correspondan por ley, trasladándose las vacaciones que hubiera acumulado a Chile.
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