Artículo 160 N°7 del Código del Trabajo.
Juzgado Laboral acoge demanda de despido indirecto de vendedora en contra de supermercado.
El Tribunal estableció que en la especie, la empresa incurrió en incumplimiento grave de las obligaciones contractuales al no pagar, entre otras, la asignación familiar a la demandante.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió parcialmente la demanda por despido indirecto deducida por vendedora en contra de la empresa Jumbo Supermercados Administradora Limitada.
La sentencia indica que la causal del despido que se invoca en la mencionada comunicación corresponde al incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, establecida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, por lo que -tal como se concluyó precedentemente- se tendrá por efectivo que la demandante cumplió con las formalidades del autodespido tanto en lo relativo al envío de la carta de respectiva como en lo que dice relación a contener causal legal y hechos que la constituyen.
La resolución agrega que respecto al primero de los incumplimientos alegados, esto es, el no pago de remuneraciones correspondientes a asignación familiar, es un hecho acreditado que la actora tenía derecho a dicho estipendio pues -pese a haber realizado los trámites ante su empleador para obtener su pago-, éste no ha probado su extinción teniendo la carga de hacerlo, por lo que deberá acogerse el incumplimiento alegado, debiendo estarse a las sumas reclamadas en el libelo.
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