Primera sala.
Nuevamente impugnan ante el TC normas que permitirían aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.
El requirente estima que el precepto impugnado vulneraría los principios de supremacía constitucional y de juridicidad.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, los artículos 1°, inciso tercero y 485 del Código del Trabajo.
La primera disposición impugnada señala: “Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos”.
Por su parte, el segundo precepto se refiere al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral, así como también a los actos discriminatorios señalados en el artículo 2° del mismo Código, señalando también qué se entiende por vulneración de los derechos y garantías, además de la incompatibilidad del procedimiento de tutela laboral con el recurso de protección cuando se refiera a los mismos hechos.
Te puede interesar

En fallo unánime.
Corte de Antofagasta condena a la División Chuquicamata de Codelco por prácticas antisindicales.

Primera sala.
Nuevamente impugnan ante el TC normas que permitirían aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.

Artículo 160 del Código del Trabajo.
Corte de Santiago rechazó nulidad laboral deducida en contra de sentencia que acogió demanda por despido injustificado de trabajadora que se encontraba con licencia médica.

