Diario Constitucional

Primera sala.

Nuevamente pretenden inaplicabilidad de normas que permitirían aplicación de procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.

La gestión pendiente incide en un recurso de unificación de jurisprudencia de que conoce la Corte Suprema.

Por Redacción·21 de febrero de 2019·1 min de lectura
Nuevamente pretenden inaplicabilidad de normas que permitirían aplicación de procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 1°, inciso tercero, y 485, del Código del Trabajo.

La primera disposición impugnada señala: “Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos”.

Por su parte, el segundo precepto se refiere al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral, así como también a los actos discriminatorios señalados en el artículo 2° del mismo Código, señalando también qué se entiende por vulneración de los derechos y garantías, además de la incompatibilidad del procedimiento de tutela laboral con el recurso de protección cuando se refiera a los mismos hechos.

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