Segunda sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimientos de inaplicabilidad que impugnan normas sobre apremios de arresto en juicios de cobranza de cotizaciones previsionales.
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 12 de la Ley Nº 17.322, que fija normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social. El precepto legal establece: "El empleador que no consignare las sumas descontadas o que debió…

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 12 de la Ley Nº 17.322, que fija normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social.
El precepto legal establece: “El empleador que no consignare las sumas descontadas o que debió descontar de la remuneración de sus trabajadores y sus reajustes e intereses penales, dentro del término de quince días, contado desde la fecha del requerimiento de pago si no opuso excepciones, o desde la fecha de la notificación de la sentencia de primera instancia que niegue lugar a ellas, será apremiado con arresto, hasta por quince días. Este apremio podrá repetirse hasta obtener el pago de las sumas retenidas o que han debido retenerse y de sus reajustes e intereses penales.
El apremio será decretado, a petición de parte, por el mismo Tribunal que esté conociendo de la ejecución y con el solo mérito del certificado del secretario que acredite el vencimiento del término correspondiente y el hecho de no haberse efectuado la consignación”.
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