Libertad sindical.
Tribunal Laboral de Antofagasta acogió denuncia por despido y práctica antisindical deducida por trabajadores que participaron en paralización de funciones.
Su negativa a trabajar se encuentra justificada en una actuación que ha llevado a cabo el Sindicato en la búsqueda de una solución a conflictos existentes en el momento de la paralización.

Juzgado de Letras de Antofagasta acogió denuncia por despido antisindical y práctica antisindical deducida por un grupo de trabajadores sindicalizados que participaron en la paralización de funciones con motivo de la huelga legal llevada a cabo.
En su sentencia, el Tribunal indicó que se ha despedido a los cuatro trabajadores señalando que han incumplido su contrato de trabajo y han incurrido en la causal de abandono de trabajo al negarse injustificadamente a prestar los servicios convenidos, lo que a juicio del tribunal no se configura, toda vez que su negativa a trabajar se encuentra justificada en una actuación que ha llevado a cabo el Sindicato en la búsqueda de una solución a conflictos existentes en el momento de la paralización.
Enseguida, se aduce que el artículo 294 del Código del Trabajo establece que si el despido de trabajadores no amparados por fuero laboral se realiza en represalia de su afiliación sindical, participación en actividades sindicales o negociación colectiva, no producirá efecto alguno.
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