Vuelve al Senado.
Cámara de Diputados aprobó reforma constitucional que establece obligación del Estado de otorgar asesoría y defensa penal a víctimas de delitos.
La iniciativa ha sido valorada en cuanto establece como un derecho fundamental la asistencia jurídica gratuita a las víctimas de delitos para que acudan en igualdad de condiciones a los tribunales, si se considera que hasta ahora la ley garantiza la defensa jurídica sólo a los imputados pero que no les reconoce el mismo derecho a las víctimas.

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma constitucional que establece la obligación para el Estado de otorgar asesoría y defensa penal gratuitas a las personas que han sido víctimas de delitos y que no puedan procurárselas por sí mismas. La iniciativa agrega en el inciso tercero del número 3 del artículo 19 de la Carta Fundamental, un párrafo final que establece que «La ley señalará los casos y establecerá la forma en que las personas naturales víctimas de delitos, dispondrán de asesoría y defensa jurídica gratuitas, a efecto de ejercer la acción penal reconocida por esta Constitución y las leyes». Además, incorpora un nuevo inciso cuarto a la citada disposición, para establecer la irrenunciabilidad del derecho a asistencia jurídica del imputado, con la siguiente redacción: «Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley». Como consecuencia de esta enmienda se introduce también una modificación de referencia en el artículo 20 de la Carta Fundamental que regula la acción constitucional de protección. La iniciativa ha sido valorada en cuanto establece como un derecho fundamental la asistencia jurídica gratuita a las víctimas de delitos para que acudan en igualdad de condiciones a los tribunales, si se considera que hasta ahora la ley garantiza la defensa jurídica sólo a los imputados pero que no les reconoce el mismo derecho a las víctimas.
Vea texto íntegro de la moción, informes y discusión.
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