Proyecto en Comisión de Recursos Hídricos
Código de Aguas: aprueban indicación que dispone la extinción del derecho de aprovechamiento al no existir uso del bien.
Senadores del oficialismo apuntan a evitar la especulación del recurso, mientras que los de oposición dejaron constancia de su reserva de constitucionalidad por la eventual figura de expropiación que se crearía.

Con respecto a la discusión en particular de la reforma del Código de Aguas, la Comisión Especial de Recursos Hídricos del Senado aprobó la indicación que dispone la extinción del derecho de aprovechamiento al no existir uso del bien.
Este ha sido uno de los puntos más discutidos del proyecto de ley, puesto que, los legisladores del oficialismo quieren evitar que se especule con el recurso o se haga mal uso de los derechos, sin embargo, sus pares de oposición dejaron constancia de su reserva de constitucionalidad por la eventual figura de expropiación que se crearía.
La senadora y presidenta de la instancia, Muñoz, explicó que “los derechos consuntivos (permite extracción del recurso) gozarán de un plazo de cinco años para que la Dirección General de Aguas (DGA) pueda establecer, mediante una fiscalización, el uso efectivo del derecho. Mientras que el caso de los derechos no consuntivos (el recurso no es removido de su ambiente natural) tendrán un plazo de 10 años”.
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