Diario Constitucional

Moción.

Comisión de Seguridad Ciudadana aprueba proyecto que tipifica fuga de conductor como delito.

La Comisión rechazó las indicaciones presentadas en la Sala y respaldó el texto previamente despachado. La modificación de la Ley de Tránsito establece sanciones más severas para los conductores que no detienen su vehículo cuando son intimados por la policía, especialmente en casos que causen daños a terceros.

Por Redacción·03 de marzo de 2025·2 min de lectura
Imagen: iuslex.legal
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La Comisión de Seguridad Ciudadana aprobó recientemente un proyecto que modifica la Ley de Tránsito, con el objetivo de tipificar como delito el acto de no detenerse o huir del lugar cuando un conductor es intimado por la policía con fines de control o fiscalización. El proyecto fue previamente aprobado en general por la Sala en enero pasado. Sin embargo, debido a las indicaciones presentadas, el proyecto fue devuelto a la instancia técnica, que finalmente desestimó las propuestas de enmiendas.

La principal modificación de esta normativa radica en que, hasta ahora, la conducta de huir de la fiscalización vehicular de carabineros no se consideraba un delito. En situaciones donde la huida resulta en lesiones o la muerte de terceros, las defensas en general argumentan que solo se trata de un cuasidelito, lo que ha llevado a que algunos tribunales apliquen penas mucho más bajas que las correspondientes a una conducta dolosa.

El nuevo proyecto establece sanciones claras y más severas. Los conductores que sean inculpados por esta conducta recibirán penas de prisión en su grado máximo (41 a 60 días), además de una multa de entre 4 y 6 UTM (entre $269.716 y $404.574) y una prohibición para conducir vehículos motorizados durante seis meses.

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