Moción.
Diputados ingresan proyecto de ley que extiende el grado de parentesco que determina la inhabilidad para acceder a cargos en la Administración del Estado.
Pasan a ser inhábiles las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el sexto grado de consanguinidad y cuarto de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulen.

La iniciativa, patrocinada por las Diputadas Daniella Cicardini, Catalina Pérez y Alejandra Sepúlveda, en conjunto con los Diputados Jaime Mulet, Luis Rocafull, Raúl Saldívar y Esteban Velásquez, modifica la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, para ampliar los grados de parentesco que generan inhabilidades en la Administración del Estado, con el fin de minimizar los riesgos de corrupción en las decisiones estatales.
El proyecto expone que las diversas normas que establecen inhabilidades por parentesco para acceder a un cargo de la Administración como la Ley N°18.575 y la Ley N°19.886, contemplan un grado de inhabilidad por parentesco muy bajo. Para los autores de la moción, es necesario alejar lo más posible los vínculos de parentesco entre funcionarios de la Administración con el fin de evitar la corrupción y el abuso de poder y proteger la probidad administrativa, en conformidad con distintos instrumentos internacionales ratificados por Chile que promueven la existencia de cláusulas anticorrupción en la integración los órganos administrativos.
Con el fin de extender el grado de parentesco cuya concurrencia prohíbe el ingreso a la Administración, la iniciativa modifica el artículo 54 de la Ley N°18.575, sustituyendo la expresión “hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive”, por la siguiente frase: “hasta el sexto grado de consanguinidad y cuarto de afinidad inclusive”.
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