Diario Constitucional

Con el propósito de impedir el despido de mujeres embarazadas.

Diputados proponen que en caso de desafuero maternal el juez considere solo como vía de prueba el contrato inicial que dio origen a la relación laboral.

las empresas pueden despedir a las mujeres embarazadas con “autorización de un juez ante vencimiento del contrato convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, o hechos imputables a la conducta de la trabajadora”.

Por Redacción·16 de octubre de 2012·2 min de lectura
Imagen: Congreso Nacional
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La moción de los diputados Ascencio, Campos, Díaz, Espinoza, Gutiérrez, Marinovic, Monsalve y Schilling, expone que con los sucesos acontecidos en el Tribunal Laboral de Castro y otros similares, durante el mes de abril del presente año, que involucra a tres trabajadoras embarazadas que fueron demandadas por desafuero maternal, por motivos que según la empresa se justifican en la disminución de producción. Las operarias, fueron trasladas de sus funciones de planta a labores de aseo, mientras se llevara a cabo el procedimiento dirigido en su contra.

Observa luego que las trabajadoras manifestaron sentirse con temor por verse expuestas a quedar sin su fuente de ingresos y a continuar trabajando en la empresa por “eventuales represalias”.

Cabe destacar, que las empresas pueden despedir a las mujeres embarazadas con “autorización de un juez ante vencimiento del contrato convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, o hechos imputables a la conducta de la trabajadora”.

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