Diario Constitucional

Reacción a cargos contra CHV.

Iniciativa propone modificar la Ley N°18.838 que crea el CNTV para fortalecer el pluralismo y limitar su competencia. Será discutido en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado.

El artículo 19 N° 12 de la Constitución asegura a todas las personas la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio. La misma norma señala que habrá un Consejo Nacional de Televisión (CNTV) encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de…

Por Redacción·21 de octubre de 2010·2 min de lectura
Iniciativa propone modificar la Ley N°18.838 que crea el CNTV para fortalecer el pluralismo y limitar su competencia. Será discutido en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Senado.
Referencial

El artículo 19 N° 12 de la Constitución asegura a todas las personas la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio. La misma norma señala que habrá un Consejo Nacional de Televisión (CNTV) encargado de velar por el correcto funcionamiento de este medio de comunicación y le encomienda a una ley de quórum calificado la organización, funciones y atribuciones de dicho Consejo. Esta es la Ley N° 18.838 que lo crea y regula.

En una moción patrocinada por el Senador Gómez éste señala que “las facultades que la Ley otorga al Consejo Nacional de Televisión están siendo interpretadas y aplicadas de forma arbitraria por dicha institución, estableciendo criterios que sobrepasan los márgenes que la propia Constitución y las leyes le otorgan”.

Con el objeto de evitar que ocurran las situaciones descritas, propone modificar el inciso tercero del artículo 1° del citado cuerpo legal, para entender “por correcto funcionamiento de esos servicios –de televisión- el permanente respeto, a través de su programación, a los valores culturales propios de la Nación; a la dignidad de las personas; al principio de inocencia; a la protección de la familia; a la diversidad y la no discriminación; al pluralismo; a la democracia; a la paz; a la protección del medio ambiente, y a la formación intelectual de la niñez y la juventud dentro de dicho marco valórico”. De esa forma se elimina de la actual disposición la referencia a los “valores morales” y se agrega la defensa del “principio de inocencia” y de los valores de “la diversidad” y “no discriminación”.

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