Diario Constitucional

Modifica Ley N° 19.496.

Moción busca establecer obligación de incluir etiquetado de advertencia sobre el cyberbullying y canales de ayuda en dispositivos con acceso a internet.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

Por Redacción·02 de agosto de 2018·4 min de lectura
Moción busca establecer obligación de incluir etiquetado de advertencia sobre el cyberbullying y canales de ayuda en dispositivos con acceso a internet.
Referencial

La moción de los diputados Bellolio, Bobadilla, Carter, Hoffmann, Melero, Noman, Sanhueza, Trisotti, Val Rysselberghe y Von Mühlenbrock expone que el innegable aumento de la tecnología que se encuentra a disposición y la rápida masificación del internet de las cosas, ha devenido en un aumento del acoso cibernético o ciberbullying. Distintos estudios desarrollados y vinculados a esta área, concluyen que los menores de edad, y entre ellos los pre-adolescentes, integran el grupo poblacional más dispuesto para adoptar y adaptar con mayor naturalidad estas nuevas herramientas comunicativas en su vida diaria. Así, los expertos señalan distintos factores que tienen incidencia en este aumento, a saber: alta disponibilidad de nuevas tecnologías; importancia progresiva del ciberespacio en la vida de las personas como espacio de socialización complementario al contexto del hogar, la escuela o la comunidad; menor percepción del daño causado que en el bullying, ya que víctima y agresor no están en una situación “cara a cara”; sensación de impunidad del acosador por el anonimato que posibilita y que conlleva que no se enfrente a las represalias de la víctima, de sus compañeros, amigos, padres, responsables escolares; la ausencia de conciencia que tiene el acosador del daño que ejerce, ya que en ocasiones asocia su conducta a un rol, y atribuye la conducta a un personaje o rol interpretado en la Red; y las características propias de Internet que estimula el fácil agrupamiento de hostigadores y la cómoda reproducción y difusión de contenidos audiovisuales, por lo cual se hace necesario medidas tendientes a afrontar este flagelo constantemente, tarea que no sólo deben cumplir las autoridades públicas, sino que también los padres y la comunidad escolar en su conjunto.

Los diputados señalan que las cifras relativas al ciberbullying varían entre un estudio y otro. Así, la encuesta realizada por el Ministerio de Educación, sobre Prevención, Agresión, y Acoso escolar, aplicada a alumnos de 8° básico, señala que el maltrato a través de medios electrónicos corresponde al 5 por ciento. En cambio, el estudio realizado por profesionales de distintas disciplinas, titulado “Grooming, ciberbullying y sexting en estudiantes en Chile, según sexo y tipo de administración escolar”, el indicador pasivo de ciberbullying -es decir ser víctima de estas conductas de hostigamiento y acoso- se encuentra presente en 7,7 por ciento de los colegios municipales, un 7,0 por ciento en los colegios particulares subvencionados y en 5.4 por ciento de los colegios particulares privados. El indicador activo de ciberbullying -ejercer las conductas- se presenta en 6,4 por ciento de los colegios municipales, en 6,2 por ciento de los particulares privados y en 5,5 por ciento de los colegios particulares subvencionados. Por su parte, en una investigación con muestra de preadolescentes chilenos de 10 a 12 años, se identificó que el 27,9 por ciento de los participantes informaron haber sido víctimas de ciberbullying al menos una vez a la semana durante los últimos seis meses. Por tanto, a pesar de las variaciones porcentuales que representan los datos de uno u otro estudio, el ciberbullying constituye una realidad innegable y está presente en los colegios chilenos, siendo sufrido diariamente por cientos de los alumnos y generando en estos consecuencias que los marcan por el resto de sus vidas.

Por lo anterior, la moción busca obligar a fabricantes e importadores de distintos dispositivos tecnológicos utilizados para acosar, hostigar o amenazar virtualmente a niños y adolescentes, incoporen una leyenda que busque disuadir la comisión de conductas consideradas como ciberbullying, siendo un espacio de concientización y promoción del respeto por nuestros iguales, como también entregar información de los canales de ayuda oficial que existen actualmente para las víctimas de estas amenazas.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.