Modifica Código Penal.
Moción busca sancionar venta de medicamentos fuera de los establecimientos autorizados para su comercialización.
Corresponde ahora que la iniciativa, en primer trámite constitucional, se analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

La iniciativa de los diputados Alinco, Castro, Celis, Desbordes, Garín, Luck, Olivera, Ossandón, Torrealba y Troncoso expone que la venta de medicamentos, fuera de los recintos que la ley autoriza para ellos, representa un problema de salud pública difícil de abordar, y cuyos efectos perjudiciales para la sociedad aun no son abordados de manera eficaz por las autoridades relacionadas.
Expone luego el proyecto que esta venta, que tiene como principales canales de comercialización las ferias libres y las redes sociales por internet, se encuentra fuera de los ámbitos de fiscalización actuales, lo cual incrementa las posibilidades de automedicación imprudente y mal estado de los medicamentos. Asimismo, agrega que la regulación sanitaria y farmacéutica ha intervenido en dicho sector estableciendo una normativa estricta en miras a objetivos de salud pública. En efecto, el acceso a medicamentos es tanto un asunto de vital necesidad para todas las personas, como una actividad potencialmente dañosa si no se regula y desarrolla de manera supervigilada por las autoridades sanitarias competentes.
Luego, señala que, si bien se ha diferenciado por clase de medicamento, generándose el mecanismo de control mediante receta o prescripción médica obligatoria y/o retenida, sigue siendo persistente el problema de consumo de medicamentos sin la debida supervisión y/o prescripción médica, sitación conocida como “automedicación”, la que origina múltiples consecuencias negativas por sobre la salud de las personas en particular y para la población en general. Esta situación tiene su principal origen y estímulo en la comercialización de medicamentos en lugares no establecidos para ello, y que por tanto, no exigen para su expedio de una receta médica acorde a lo dispuesto en el Decreto Nº 466. Entre las mencionadas consecuencias negativas, se encuentran la disminución o pérdida del efecto terapéutico de la medicina, peligros de toxicidad o riesgo de complicaciones graves como alergias, reacciones adversas, entre otras.
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