Protección de la Vida Privada.
Moción consagra regulación del “derecho al olvido”.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

La moción de los diputados, Alvarado, Ceroni, Farcas, Fuenzalida, Letelier, Poblete, Saldívar, Silber, Torres y Urízar, expone que no cabe duda que el vertiginoso desarrollo de la computación e Internet han revolucionado nuestras vidas en los últimos veinte años, al punto de que actualmente la gran mayoría de nuestras actividades depende de la tecnología digital.
Observa luego que el almacenamiento y tratamiento de nuestros datos personales, tanto por el sector público como en el sector privado, hoy en día se realiza de manera íntegra en plataformas digitales, fenómeno relativamente nuevo en nuestra legislación, situación de la cual se hizo cargo la Ley N° 19.628, sobre protección a la vida privada. Agrega si bien la norma regula el tratamiento de datos personales consagrando derechos a los titulares, es evidente que el avance de la tecnología y de las prácticas digitales requiere que sus materias sean revisadas y actualizadas.
Al efecto, los autores de la iniciativa aducen a modo de ejemplo lo siguiente: a la fecha de la promulgación de esta ley no existía el fenómeno de las redes sociales, los buscadores de Internet no eran utilizados de manera masiva y por ende, el comportamiento de los usuarios y titulares de datos no era similar al actual.
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