En primer trámite.
Moción establece que fiscalización de corporaciones y fundaciones pueda requerir auxilio de fuerza pública.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Browne, Chávez, Espejo, Espinosa, Farcas, Flores, Pilowsky, Rincón, Sabag y Walker, expone que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 557 del Código Civil, las Corporaciones o Fundaciones son fiscalizadas por el Ministerio de Justicia, el que podrá requerir las actas de asambleas y directorios, las cuentas y memorias, libros de contabilidad, inventarios, remuneraciones, y cualquier otra información respecto al desarrollo de sus actividades.
Observa luego que la Ley 20.500, sobre participación ciudadana en la gestión pública, modificó al Código Civil para incorporar a las Municipalidades facultadas para constituir y registrar las corporaciones, fundaciones o asociaciones que tengan domicilio en dicha comuna, fundamentalmente haciéndolas responsables del cumplimiento de las disposiciones legales en cuanto a la constitución, deposito de estatutos y modificaciones posteriores, sin los recursos suficientes para efectuar dicha tarea lo que podrían provocar errores en dichos procedimientos.
Sin embargo, los autores de la iniciativa arguyen que la antes citada potestad fiscalizadora, solo se verifica con la voluntad que presta o no la fundación o corporación que es objeto de fiscalización.




