Diario Constitucional

Reforma constitucional.

Moción pretende modificar mecanismo para nombrar Ministros y Fiscales Judiciales de la Corte Suprema.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Por Redacción·20 de junio de 2019·6 min de lectura
Moción pretende modificar mecanismo para nombrar Ministros y Fiscales Judiciales de la Corte Suprema.
Referencial

La moción de los senadores Bianchi y Huenchumilla expone que el actual sistema de nombramiento de los ministros de la Corte Suprema se encuentra, tras varios años de funcionamiento, sujeto a una serie de cuestionamientos en tomo a su viabilidad, eficacia y transparencia. Si bien el objetivo original de tal sistema era asegurar la intervención de los tres poderes del estado, y la profesionalización en el ejercicio de la judicatura, lo cierto es que es posible apreciar diversos problemas en el mecanismo establecido en el actual artículo 78 de la Constitución Política de la República, que requieren una urgente revisión.

Los autores el proyecto señalaron que, si se analiza la primera etapa del procedimiento de designación judicial de los ministros de la Corte Suprema, se advierte que éste opera sobre la base de criterios poco claros en cuanto a los requisitos establecidos para la designación de los integrantes de la quina respectiva. En efecto, no se establece ningún parámetro ni instancia para verificar materialmente la idoneidad e integridad profesional del integrante de la quina designada por el máximo tribunal, entregando dichos criterios a las listas de mérito formadas por el Poder Judicial, y restringiéndose a establecer requisitos de idoneidad profesional a los abogados externos. Sin embargo, en relación a los miembros que formen parte de la administración de justicia, no se establece criterio alguno. De forma adicional, se establece la designación obligatoria del ministro más antiguo de la Corte de Apelaciones que figure en la lista de méritos, la que se vincula, en parte, a un criterio de antigüedad en el cargo, y que, por tanto, también debería ser modificada toda vez que no se corresponde con los estándares que deberían ser exclusivamente determinantes, como son la idoneidad para el cargo por parte del respectivo Ministro.

Por ello proponen modificar el texto constitucional, estableciendo que no sólo en el nombramiento de los cupos asignados a abogados externos al Poder Judicial se debe realizar un concurso público de antecedentes, lo que deberá incluir una sesión pública en la que los postulantes expongan ante el pleno del máximo tribunal los antecedentes que funda su postulación y la visión que tienen sobre lo que debería ser el ejercicio de la alta magistratura a la que pretenden acceder. Lo anterior implicaría un enorme avance en materia de transparencia y además generaría un espacio para que exista un mejor escrutinio sobre los antecedentes de quienes postulan. Asimismo se propone eliminar el cupo garantizado en la quina para el ministro con mayor antigüedad, ya que no sólo es posible que a dicho magistrado no le interese incorporarse al máximo tribunal, sino que su inclusión automática reduce la posibilidad de agregar a personas que estén realmente interesadas en llegar a la Corte Suprema, y que además cuenten con mayores méritos objetivos para ser considerados en la nómina, los cuales vayan más allá que la cantidad de tiempo que han permanecido dentro del Poder Judicial.

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