Modifica ley N° 20.640 y LOC de los Partidos Políticos.
Moción propone establecer obligatoriedad de primarias en elecciones de Presidente de la República, parlamentarios y alcaldes.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Díaz, Fernández, Leiva, Monsalve, Rocafull, Rosas, Saavedra, Saldívar, Schilling y Tohá expone que corresponde fortalecer el actual sistema de elecciones primarias con que cuenta Chile. En efecto, en el marco de mejorar el proceso de determinación de los candidatos y candidatas a ocupar cargos de representación popular mediante elecciones primarias, a los partidos políticos les cabe un rol fundamental: Conforme a la actual normativa, éstos pueden participar en procesos de elecciones primarias para definir sus candidatos, pero no están obligados a hacerlo. La decisión de participar o no en una elección primaria, hoy está radicada exclusivamente en el órgano colegiado intermedio del partido político. Por tanto, si se quiere ampliar la democracia y legitimar el sistema de determinación de candidatos, aquello debe dejar de ser así: por ello, el mecanismo de las elecciones primarias debe pasar a ser obligatorio para los partidos políticos y dejar de ser meramente facultativo, o sujeto a la decisión de un organismo interno, tal como ocurre hoy en día.
Por lo anterior, el proyecto de ley tiene por objeto modificar el cuerpo normativo que establece y regula el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes, de manera que lo que hasta ahora corresponde a una facultad de los partidos políticos (decidir si participar o no de en una elección primaria), pase a ser un deber cuando concurran ciertas condiciones. Así, cada vez que se haya declarado más de una candidatura por pacto electoral o partido, deberán realizarse elecciones primarias de forma obligatoria, para que ello permita legitimar de mejor forma los candidatos y programas que se presenten ante la ciudadanía. Esta obligatoriedad, permitirá naturalmente una mayor apertura y cercanía con la ciudadanía, y vendrá a complementar el carácter simultáneo con que hoy deben desarrollarse estas elecciones, conforme lo dispone el art. 3 del mencionado cuerpo legal. En segundo lugar, y consecuencia de la modificación legal anterior, se establece un nuevo derecho para los afiliados a un partido político, siendo de aquellos que necesariamente deberán contenerse en sus respectivos estatutos. Dicho derecho es poder declarar candidaturas para participar en las elecciones primarias reguladas en la Ley N° 20.640.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.
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