Diario Constitucional

Algunas consideraciones sobre la Ley N° 21.545 en materia laboral.

Permiso laboral para trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores con Trastorno de Espectro Autista (TEA), por Katerin López.

Este permiso es un beneficio para padres, madres o tutores legales de menores de edad debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista, para que puedan acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos educacionales en los cuales cursen su enseñanza parvularia, básica o media.

Por Katerin López·30 de julio de 2023·5 min de lectura
Imagen: grupocidep.org/
Referencial

En una reciente publicación de Microjuris Chile se da a conocer el artículo «Permiso laboral para trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores con Trastorno de espectro autista (TEA)», por Katerin López (*).

La ley N°21.545, conocida como Ley TEA o ley del trastorno autista, es una reciente ley que fue promulgada el 02 de marzo de 2023 y publicada en el Diario Oficial el 10 de marzo de 2023(1), y que generó bastante repercusión en la opinión pública toda vez que pretende resguardar la inclusión social, atención integral y protección de los derechos de las personas con TEA, estableciendo una serie de medidas, entre ellas, una muy comentada, modificación en el Código del trabajo consistente en un nuevo permiso, que se constituye en una obligación para el empleador y una garantía para el trabajador que tiene el cuidado de un hijo o un menor de edad con TEA.

En primer lugar, es importante aclarar que la propia ley define en su artículo 2° que es una persona con espectro autista como “aquellas que presentan una diferencia o diversidad en el neurodesarrollo típico que se manifiesta en dificultades significativas en la iniciación, reciprocidad y mantención de la interacción y comunicación social al interactuar con los diferentes entornos, así como también en conductas o intereses restrictivos o repetitivos“, sin embargo, esta ley no otorga un permiso a trabajadores que tienen TEA, sino a trabajadores que tienen hijos o son tutores de alguien con TEA.

Comentarios (15)

  1. Héctor Teran

    Buenas tardes, se podría abordar un análisis más profundo al artículo 15 de la Ley N 21.545. Gracias

  2. Erica Martinez

    En el caso de que el lugar de trabajo esté fuera de la comuna de donde estudia el menor, cómo opera el permiso en esos casos?

  3. Myriam Moreno

    Buena, aún qué todo es poco para ellos ya que hasta las miradas de la gente hacia ellos ya parece discriminatoria ( no todas porqué sí bien también hay personas que los comprenden, pero diría que es la minoría.) Sólo debería ir incluido en la ley TEA que éstos niños NO SÉ TOCAN por nadie,y menos por padres pervertidos.

  4. Michel fuentes

    esta es una ley vacia, porque claro,, cubre cuando el niño tiene crisis, pero que pasa cuando ese niño requiere terapias y no tiene a nadie mas que el tutor o madre para que lo lleve?. que rabia que la ley no te ayude en ese gran aspecto…

  5. Scarlette vargas

    si considero necesario un acuerdo también para las terapias que requiere un niño con TEA, ya que en la etapa académica es cuando más se necesitan y con mucha regularidad, la ley no las contempla y eso hace que el niño se vea limitado en sus herramientas a futuro. pero se puede ver un avance en esta ley sin dudas.

  6. Cesar San Martin

    Es un saludo a la bandera esta ley. Es una excelente declaración de principios y de buenas intenciones, pero sin garantías reales. No se hace cargo de las terapias, que constituye un auténtico dolor de cabeza para quienes somos padres de niños TEA. Ni hablar de los permisos laborales, solo limitados al contexto de la ocurrencia de emergencias dentro del marco de la escolaridad. Una completa decepción y una burla.

  7. SORAYA BARRIENTOS

    ME PARECE BIEN ESTA NUEVA LEY PERO PODRIA SER MEJOR INCLUYENDO LOS PERMISOS HACIA LAS TERAPIAS, HORA MEDICA A NEUROLOGO, ETC.

  8. Alo

    Según lo que he leído en la Ley y en el certificado, esta ley es solo para funcionarios del sector publico, aun no es claro para trabajadores dependientes del sector privado

    1. Jose Sepulveda

      Si esta mencionado, es lo primero que se indica: 1° grupo: «Los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo» 2° grupo: «aquellos regidos por la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo….» 3° grupo: » y por la ley N° 18.883, que aprueba Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales….»

  9. Maria teresa kurten

    desde cuando comienza a correr una vez ingresada la solicitud a la inspección del trabajo?

  10. FLOR CONEJERA

    LA VERDAD NO SIRVE LA LEY YA QUE LOS ÑIÑOS TIENEN HORAS CON MEDICOS NEUROLOGOS, TERAPIAS OCUPACIONALES TIENES SICOLOGOS Y DICE QUE SOLO EN EMERGENCIAS ESCOLARES , NO SIRVE LA LEY.

  11. Maritza Valdés Sarria

    Hola, tengo un niño con TEA que además se alimenta por gastro, esto se considera una emergencia????, o debo dejarlo sin comer hast que salga de clases???

  12. Maritza Valdés Sarria

    Que pasa si debo someterlo a una operación???, tengo derecho a pedir una licencia medica para su cuidado por operatorio???

  13. Paola

    y las horas con terapeuta….sicólogos…y otros. los permisos administrativos no alcanzan. por favor revisar.

  14. Roxana Martínez Rojas

    mi hijo tiene 27 años y no le es fácil movilizarse sólo a todos sus controles por lo que los permisos administrativos no me alcanzan, se podrá usar está ley sin restricción de edad ya que siendo TEA, no es una condición que desaparezca con la mayoría de edad

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