Diario Constitucional

Modifica Ley N°19.451.

Pretenden tipificar y sancionar hechos que dolosa o negligentemente tengan como consecuencia la pérdida de órganos que estaban destinados a ser trasplantados.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

Por Redacción·24 de septiembre de 2019·2 min de lectura
Pretenden tipificar y sancionar hechos que dolosa o negligentemente tengan como consecuencia la pérdida de órganos que estaban destinados a ser trasplantados.
Referencial

La moción de los diputados Durán, Flores, Fuenzalida, Gahona, Núñez y Rathgeb busca tipificar y sancionar hechos que, dolosa o negligentemente, tengan como consecuencia la pérdida de órganos que estaban destinados a ser trasplantados.

Al respecto, la propuesta hace presente que mientras el promedio de los países OCDE oscila entre 20 a 30 donantes por cada millón de habitantes y una tasa de negativa de la familia de alrededor de un 20%, en Chile la tasa de donación se ha circunscrito en torno a sólo 7 donantes por cada millón de habitantes y una negativa familiar de 51%. Esto trae como consecuencia una alta mortalidad en la lista de espera de órganos, la que en 2016 alcanzó un 17%.

En ese sentido, el proyecto indica que actualmente rige en Chile el carácter de donante universal, pero el mismo es fruto de constantes modificaciones legislativas que se han introducido a la Ley N° 19.451 sobre trasplante y donación de órganos. Este fue recién introducido en 2010 en la legislación, por lo que, antes, el acto de donación era voluntario y dependiente, en lo general, de la voluntad de la familia, la que se encontraba en una situación crítica ante la muerte de un ser querido y se enfrentaba subrepticiamente a la decisión de donar o no donar los órganos de aquél.

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