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Proyecto de ley busca eximir a personas postradas y electrodependientes de sanciones por no votar
Propone modificar la Ley N° 18.700 para que el Servicio Electoral no denuncie a electores con graves impedimentos de salud, estableciendo un sistema de cruce automático de datos con registros públicos y evitar trámites judiciales que afectan su dignidad y bienestar.

La moción, de autoría de la diputada Yovana Ahumada, que cuenta con el patrocinio de los diputados Roberto Arroyo, Jorge Guzmán, junto a la diputada Carla Morales, busca modificar la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para eximir al Servicio Electoral del deber de denunciar a personas postradas y electrodependientes, por incumplimiento de la obligación de sufragar.
En su exposición de motivos la iniciativa señala que busca dar una respuesta urgente a la situación que enfrentan personas electrodependientes, postradas o con discapacidad severa, quienes actualmente deben concurrir a tribunales para justificar su inasistencia a votar, pese a sus graves condiciones de salud, exigencia que resulta desproporcionada e incompatible con su realidad, considerando que el Estado ya cuenta con registros oficiales que acreditan dichas situaciones, y que el trámite judicial implica riesgos sanitarios, costos económicos y una afectación a la dignidad humana.
Los impulsores de la iniciativa cuestionan el régimen sancionatorio de la Ley N° 18.700, que obliga a todas las personas que no votan a justificar su inasistencia ante un Juzgado de Policía Local, sin distinguir entre quienes se abstienen voluntariamente y quienes están materialmente impedidos de sufragar por razones médicas graves. Esta falta de diferenciación, sostienen, vulnera principios de justicia, razonabilidad y dignidad, al imponer cargas imposibles o riesgosas a personas electrodependientes, postradas o con discapacidad severa. Si existen registros públicos y clínicos suficientes para acreditar objetivamente estas condiciones de salud, porqué exigir la comparecencia judicial, sostienen.
En ese contexto, proponen modernizar el sistema mediante el cruce automático de datos y establecer una exención automática para estos electores, evitando trámites judiciales que afectan su bienestar, fortaleciendo la legitimidad del proceso electoral y avanzando hacia un sistema más inclusivo, eficiente y respetuoso de los derechos humanos.
El proyecto de ley busca incorporar un nuevo inciso al artículo 139 bis de la ley Nº 18.700, que habilite al Servicio Electoral para cotejar en registros públicos (como el Registro Nacional de la Discapacidad) la condición de quienes no se encuentran posibilitados para sufragar por razones de salud, con el fin de que no sean denunciados por dicha institución a juzgados de policía local, ahorrándoles innecesarios trámites de justificación.
El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional, fue remitido a la Comisión de Personas Mayores y Discapacidad de la Cámara de Diputadas y Diputados para su estudio y posterior informe a la Sala de la Corporación.
Vea texto moción Boletín N° 18003-35 y siga su tramitación aquí.
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