Propiedad industrial
Proyecto de ley busca fortalecer persecución penal de falsificación de marcas
Iniciativa propone acción penal pública y agravante por riesgo sanitario en delitos contra la propiedad industrial. Elimina la instancia particular para perseguir penalmente la falsificación marcaria y agrega una agravante cuando los bienes falsificados representen un riesgo para la salud pública. Mejora coordinación entre el Ministerio Público y otros organismos estatales. Alinea legislación chilena con estándares internacionales en la materia.

La moción, contenida en el Boletín Nº 17915-25, propone modificar la Ley Nº 19.039 y el Código Procesal Penal con el fin de fortalecer la capacidad del Estado para perseguir los delitos vinculados a la falsificación de marcas y otros signos distintivos. La iniciativa busca modernizar el tratamiento penal de estas conductas e incorporar una agravante especial cuando la falsificación comprometa la salud pública.
El proyecto expone que, en la actualidad, los delitos contra la propiedad industrial requieren denuncia del titular afectado para iniciar la persecución penal, lo que restringe la actuación del Ministerio Público y favorece escenarios de impunidad. Esta situación se agrava cuando las víctimas no denuncian por razones comerciales, estratégicas o por temor a represalias.
La iniciativa señala que esta limitación contrasta con el régimen aplicable a los delitos contra la propiedad intelectual, donde la acción penal es pública. Además, menciona estándares comparados de países como España, Alemania, Francia y México, donde la falsificación marcaria puede ser perseguida de oficio debido a su impacto en la salud pública, la competencia y la protección del consumidor.
El texto destaca que la falsificación de productos farmacéuticos, cosméticos, alimentos o dispositivos médicos puede generar riesgos directos para la integridad de las personas. Por ello, la moción propone establecer una agravante que aumente la pena en un grado cuando los bienes falsificados representen un riesgo para la salud.
Asimismo, el proyecto sostiene que la acción penal pública permitiría mejorar la coordinación entre el Ministerio Público y organismos como el Instituto de Salud Pública, el Servicio Nacional de Aduanas y el SERNAC, reforzando la prevención y persecución del comercio ilícito.
En su contenido normativo, la iniciativa incorpora un nuevo artículo 28 ter a la Ley Nº 19.039, estableciendo que los delitos de falsificación de marcas serán de acción penal pública. También agrega un inciso final al artículo 28 bis para fijar la agravante por riesgo sanitario y suprime la letra e) del artículo 54 del Código Procesal Penal, eliminando la exigencia de instancia particular.
El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional, pasó para su estudio e informe a la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Vea texto moción Boletín Nº 17915-25 y siga su tramitación aquí.




