Matrimonio Infantil.
Proyecto de ley busca prohibir el matrimonio entre menores de edad.
La Convención de Derechos del Niño, de la cual Chile forma parte, específica las formas de violencia contra la niñez, como prácticas perjudiciales y nocivas, dentro de las cuales se encuentra el matrimonio infantil, precoz o forzado.

La moción, patrocinada por las Diputadas Maite Orsini y Marcela Sandoval, modifica el Código Civil y la Ley N°19.447, de Matrimonio Civil, con el fin de prohibir el matrimonio para menores de 18 años, aun cuando se cuente con el consentimiento de los padres.
Las autoras mencionan una serie de instrumentos internacionales que consideran al matrimonio infantil como una práctica que vulnera los derechos de los niños. Mencionan, entre ellos, la Convención y el Comité de Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y una resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas.
Así, exponen que el Comité de Derechos del Niño considera el matrimonio infantil como una forma de violencia, tanto entre un niño y un adulto o dos niños. A su vez, la CEDAW dispone que no tendrán efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños, ya que impide el pleno desarrollo de la mujer. Ambos catalogan el matrimonio infantil como una práctica nociva que debe terminar, recomendando a los Estados actualizar su legislación para eliminar dicha práctica, estableciendo la edad mínima en los 18 años.
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