Probidad y transparencia en las actuaciones de Policías.
Proyecto de ley establece el deber de efectuar registros audiovisuales de las actuaciones policiales autónomas en el procedimiento penal.
De manera que éstos puedan servir como respaldo y sustento de sus actuaciones.

La moción, patrocinada por las Diputadas Danisa Astudillo, Ana María Bravo, Daniella Cicardini y los Diputados Tomás De Rementería, Marcos Ilabaca, Raúl Leiva, Daniel Manouchehri, Daniel Melo, Leonardo Soto y Nelson Venegas, establece el deber de efectuar registros audiovisuales de las actuaciones policiales autónomas en el procedimiento penal.
Los autores del proyecto de ley señalan que los policías son un sujeto procesal no interviniente del procedimiento penal, según lo establecido en el artículo 12 Código Procesal Penal.
Explican que con la dictación de la ley Nº 20.931, también denominada “agenda corta antidelincuencia”, se reforzaron una serie de funciones que las policías desempeñan dentro de la etapa de investigación del sistema procesal penal. En su mayoría, estas reglas apuntan a aumentar la eficacia de la actuación policial y de los propios fiscales.
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