Reclamo de ilegalidad contra el CPLT rechazado.
Derecho de acceso a la información pública presupone la existencia material de la misma. El reclamante no puede exigir la reconstitución de elementos extraviados, eliminados o perdidos.
El actor alegó que el CPLT, al entender justificada la negativa a entregar los antecedentes requeridos dada su inexistencia, contrarió sus propios instructivos; argumento que fue desechado, por cuando el reclamo debe basarse en una infracción de ley.

La Corte de Coyhaique rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por un ex funcionario de Carabineros en contra del Consejo para la Transparencia, que desestimó el amparo de acceso a la información pública mediante el cual se solicitó copia del registro audiovisual de un calabozo, nombre de los oficiales de servicio de turno y copia del registro de audio de la Central de Comunicación, todo del día 17 de marzo de 2022.
El actor expuso que, en junio de 2022, solicitó dicha información a Carabineros, sin embargo, la institución rechazó el requerimiento. Por tal motivo, dedujo amparo al derecho de acceso a la información pública ante el CPLT. Hace presente que, durante la tramitación del procedimiento administrativo, Carabineros remitió la información relativa a los nombres de los oficiales de turno y la copia del audio de la conversación del requirente con CENCO, pero mantuvo la negativa en cuanto a los registros audiovisuales.
En la instancia ante el CPLT, la institución policial manifestó que no era posible entregar íntegramente la información pedida, por cuanto ya no existían los videos, al haber transcurrido el tiempo límite que el equipamiento mantiene almacenados sus registros. El Consejo acogió lo señalado por Carabineros y resolvió que, “no contando con otros antecedentes que ponderar para desvirtuar lo expresado por el órgano requerido, en cuanto a la inexistencia en su poder de la información solicitada, será rechazado el amparo”.
Temas
Te puede interesar

Amparo de acceso a la información acogido con voto disidente.
Ejército de Chile debe entregar hoja de vida y calificaciones de una de sus Oficiales.

Tras acoger un amparo.
Consejo para la Transparencia ordena al Servel entregar información sobre mayores de 100 años habilitados para votar en plebiscito de septiembre de 2022.

Amparo de acceso a la información rechazado por CPLT.
Antecedentes y deliberaciones previas del Programa de Fortalecimiento de las Oficinas Regionales del INDH en la zona macro sur, es información reservada.

