“Tu Municipalidad te cuida”
Proyecto de ley incorpora personal municipal en materia de seguridad comunal colaborativa.
El personal municipal destinado a estas labores deberá tener la debida autorización para portar y usar armas de fuego como de cualquier otro elemento que les permita evitar un delito en la vía pública o acudir a un llamado vecinal que los alerte de aquello.

La moción, patrocinada por los Diputados Jaime Araya, Rubén Darío Oyarzo y la Diputada Marta González, modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, en materia de funciones y atribuciones de seguridad pública.
Los autores del proyecto de ley señalan que, en materia de seguridad pública municipal, ley orgánica constitucional de municipalidades, en su artículo 4 letra j), dispone que las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con “la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del ministerio del interior y seguridad pública y de las fuerzas de orden y seguridad”. Es decir, tal como establece el dictamen de la Contraloría General de la República Nº 15919-2017: “Siempre que ello no implique invadir las atribuciones de los organismos competentes en la materia”.
Añaden que los Dictámenes Nº 2659 y 16109, ambos de 2021, del mismo organismo contralor, señalan que los municipios solamente pueden constituir una labor de apoyo y colaboración a los organismos del Estado a los cuales el ordenamiento jurídico les ha otorgado atribuciones específicas en la materia, acciones que, en todo caso, los municipios han de llevar a cabo en forma coordinada con tales entidades.
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