Artículo 225 del Código Civil.
Proyecto de ley modifica el Código Civil para establecer como regla general el régimen de la tuición compartida de los hijos o hijas en el caso de separación de los padres.
La iniciativa persigue la concreta corresponsabilidad entre los progenitores, cambio que no solo busca equidad entre los derechos y deberes de los hombres y mujeres, sino que también el efectivo desarrollo del principio “interés superior del niño”.

La moción, patrocinada por las Diputadas Paulina Núñez, Marcela Sandoval y Marisela Santibáñez, en conjunto con los Diputados Marcelo Díaz, Sebastián Keitel, Andrés Longton, Luis Rocafull, René Saffirio y Raúl Soto, modifica el artículo 225 del Código Civil, para establecer como regla general el régimen de tuición compartida de hijos e hijas de padres separados.
La iniciativa se funda en que la Ley Nº20.680, si bien modificó sustancialmente las disposiciones en materia de familia con el fin de establecer un verdadero principio de corresponsabilidad de los padres, en virtud de desarrollar de forma concreta el principio de interés superior del niño, no les entrega a los jueces el poder de sentenciar la tuición compartida en los casos en que no haya acuerdo de los padres ni cuando opera la tuición compartida.
Agrega la moción, que los jueces deben tener la facultad de determinar por defecto la corresponsabilidad parental, o decretarla a solicitud de uno de los padres en caso de desacuerdo entre ambos progenitores. Adicionalmente, señala que debe establecerse como principio el ejercicio común de la autoridad parental, lo que significará un avance para lograr la concreta corresponsabilidad, con el fin de alcanzar la equidad de los derechos y deberes de los hombres y mujeres en virtud del interés superior del niño.
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