Moción llena vacío legal en la ley de alcoholes.
Proyecto de ley modifica la ley de alcoholes para eximir del cumplimiento de las nuevas normas de comercialización y publicidad de las bebidas alcohólicas a los productos comercializados antes de la entrada en vigencia de esa enmienda.
Estos podrán seguir comercializándose hasta que se agoten las existencias. De ese modo se busca solventar un vacío legal surgido por cambios en la ley de alcoholes, particularmente en el etiquetado de advertencias. Los productos existentes en el mercado que no cumplen con las nuevas normativas podrán comercializarse hasta que se agoten las existencias.

La moción, patrocinada por los diputados Jorge Alessandri, Juan Antonio Coloma, Felipe Donoso, Andrés Jouannet, Harry Jürgensen, Diego Schalper, Alexis Sepúlveda y Francisco Undurraga, junto a las diputadas Karol Cariola y Paula Labra, propone modificar el artículo segundo transitorio de la ley 21.363, que estableció normas en materia de comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas, y otras que indica, para eximir del cumplimiento de tales exigencias a los productos que hayan sido comercializados antes de las fechas de entrada en vigencia de esa enmienda, los que podrán seguir comercializándose hasta que se agoten las existencias.
La iniciativa surge para llenar un vacío legal generado a partir de la entrada en vigencia de la ley 21.363, que estableció normas en materia de comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas, y otras que indica, introduciendo cambios a la ley 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. Al establecer la ley 21.363 la exigencia a los productores o importadores de incluir etiquetado con advertencias de salud y energía, surgió el problema de que dicha norma estableció un plazo de un año desde la dictación del reglamento para su cumplimiento, pero no se previó qué ocurriría con aquellos productos que, habiendo sido comercializados de conformidad a la legislación vigente, estuvieran todavía disponibles para la venta en góndolas o puntos de venta directa al consumidor.
El vacío legal o falta de previsión legislativa podría significar que todos los productos que estén a la venta, sin distinción, debieran llevar en sus etiquetas las nuevas exigencias de etiquetado, pero para los productores e importadores tal es una obligación de cumplimiento que excede a sus posibilidades, por lo que debieran proceder a retirar todos los productos desde los puntos de venta para volver a etiquetarlos y luego redistribuirlos.
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