Ley N°18.695.
Proyecto de ley modifica los requisitos para optar al cargo de Alcalde y Concejal, y elimina inhabilidades que afecta a ciertas autoridades.
La iniciativa aumenta los requisitos para ser candidato Alcalde y Concejal, y elimina inhabilidades para optar a dichos cargos, establecida en el inciso final del artículo 74 de la Ley 18.695.

La moción, patrocinada por la Diputada Karen Medina y los Diputados Rubén Darío Oyarzo, Francisco Pulgar y Gaspar Rivas, modifica los requisitos y plazo para optar al cargo público de Alcalde y Concejal, y reemplaza inciso final del artículo 74 de la Ley 18.695.
Los autores del proyecto de ley señalan que el alcalde es la máxima autoridad del Municipio, a quien le corresponde la supervigilancia y funcionamiento de este y es, por las funciones que desempeña y de la responsabilidad de su cargo, indispensable que quien ostente dicho cargo sea una persona intachable. Por esa razón, consideran necesario elevar las exigencias para postular a un cargo de tanta importancia.
En la misma línea, consideran que no deberían existir inhabilidades para que las autoridades signadas en las letras a) y b) del artículo 74 de la Ley 18.695, Ministros de Estado, subsecretarios, secretarios regionales ministeriales, gobernadores regionales, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, consejeros regionales, parlamentarios, miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República, entre otros, puedan optar a los cargos de Alcalde o Concejales, ya que, en atención a su conocimiento técnico y experiencia, los hacen candidatos con herramientas apropiadas para ejercer de manera eficiente el cargo de Alcalde o Concejal.
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