Diario Constitucional

Modificación al Código Orgánico de Tribunales.

Proyecto de ley prohíbe el arbitraje para causas entre PYMES con empresas cuyos ingresos anuales superen las cien mil unidades de fomento.

Someter un asunto al conocimiento de la justicia arbitral implica asumir un costo económico que no se presenta en los tribunales ordinarios, puesto que la justicia arbitral es de carácter privada y los honorarios del juez árbitro deben ser asumidos por los intervinientes.

Por Redacción·03 de enero de 2023·2 min de lectura
Imagen: enfoquederecho.com
Referencial

La moción, patrocinada por los Diputados Jaime Araya, Jaime Mulet, Héctor Ulloa y Alberto Undurraga, modifica el Código Orgánico de Tribunales para prohibir el arbitraje entre empresas.

Los autores del proyecto de ley señalan que las micro, pequeñas y medianas empresas son el motor de la economía chilena, ya que en su conjunto son el 98,6% de las empresas del país y concentran el 65,3% de los empleos formales. Pese a ello, las dificultades que tienen estas categorías de empresas para emprender y sostener su giro o negocio en el tiempo, no son pocas: el acceso al crédito, mantener vigencia en el mercado mediante la constante innovación y capacitación, el cumplimiento de las exigencias legales para su funcionamiento, entre otros.

Exponen que los esfuerzos normativos para aliviar las cargas de las Pymes no han sido pocos, sin embargo, aún persisten problemas que deben ser superados con el fin de acabar con situaciones abusivas. Uno de ellos, dice relación con el establecimiento de cláusulas abusivas en los contratos que suscriben las pymes con grandes empresas, mediante las cuales se establece que las controversias surgidas en el cumplimiento de dichos contratos serán abstraídas del conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia y recaerán en Tribunales Arbitrales.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.