Moción.
Proyecto de ley prohíbe la contratación con la Administración del Estado a personas condenadas por delitos contra la probidad.
Modifica la ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El Estado no puede contratar con personas que cumpliendo los requisitos legales observen normas de conducta indeseables socialmente, pues esa decisión más que ilegal se toma en ilegítima.

La iniciativa, patrocinada por los senadores José Miguel Durana, Fidel Espinoza, Carlos Ignacio Kuschel y David Sandoval, junto con la senadora Luz Eliana Ebensperger, modifica el artículo 4 de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, para establecer como inhabilidad la prohibición de contratar con la Administración del Estado a aquellas personas que se encuentren actualmente procesadas o condenadas por sentencia firme en relación a delitos contra la probidad y otros delitos patrimoniales.
Los autores de la moción señalan que la Administración del Estado procura satisfacer necesidades comunes y generales en beneficio directo de la sociedad, promoviendo con ello el bien común, mediante el otorgamiento a los ciudadanos de protección y servicios velando por el cumplimiento de los planes, políticas y programas dispuestos al interior de ella y mandatados por el gobierno central.
Agregan que tan altas funciones públicas muchas veces no son desempeñadas directamente por el Estado, sino frecuentemente son los particulares quienes mediante contratos administrativos ejecutan labores que requiere la Administración en diversas áreas de su gestión. En función de esto el legislador ha dispuesto de una estructura jurídica destinada a establecer una regulación amplia encargada de ordenar estas relaciones público-privadas, en donde el talento de miles de personas es puesto a disposición del Estado con ocasión de la existencia de una necesidad de proveerse por parte de este último, de herramientas destinadas a la satisfacción de una necesidad que compete a la sociedad en aras de alcanzar el bien común.
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