Diario Constitucional

Por periodos de 30 días.

Proyecto de reforma constitucional facilita la ampliación de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia.

A contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente podrá prorrogar por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional

Por Redacción·06 de febrero de 2023·4 min de lectura
Imagen: Diario de Concepción.
Referencial

La moción, patrocinada por los Senadores Álavaro Elizalde, Juan Antonio Coloma, José García, Ricardo Lagos y Matías Walker, modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica.

Los autores del proyecto de reforma constitucional señalan que la Constitución regula los estados de excepción constitucional en los artículos 39 y siguientes, los que afectan los derechos y garantías constitucionales en determinadas circunstancias, tales como guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública.

Explican que, si bien desde la recuperación de la democracia no ha sido común el uso de los estados de excepción constitucional, la situación en determinadas zonas del país ha requerido en el último tiempo de sucesivas prórrogas del Estado de Emergencia, como una forma de garantizar la seguridad de las personas.

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