Despachado ahora al Senado.
Sala de la Cámara de Diputados aprobó proyecto que tipifica como delito alteración de la paz pública con actos de violencia.
La iniciativa define un listado de siete situaciones que serán consideradas como desorden público para efectos de esta ley, al tiempo que se establecen penas específicas para sancionarlas, siendo las más altas aquellas en que la actuación se ampare en organizaciones destinadas a cometer habitualmente los hechos punibles.

La Cámara de Diputados aprobó, en general por 127 votos a favor, siete en contra y trece abstenciones, modificar el Código Penal que busca tipificar como delito la alteración de la paz pública mediante la ejecución de actos de violencia y agravar las penas aplicables.
En tanto que su articulado fue votado prácticamente norma por norma, aprobándose casi la totalidad del texto propuesto por la Comisión de Seguridad Ciudadana, con la salvedad de una de las situaciones que se explicitaban como constituyentes de desorden público y que apuntaba a "impedir, mediante coacción, la realización de la manifestación o reunión pública".
La propuesta despachada ahora a trámite al Senado, establece que el que valiéndose de una manifestación o reunión pública tome parte violenta y activamente en un hecho constitutivo de desorden público, será sancionado con reclusión menor en su grado medio a máximo, esto es, desde 541 días a 5 años.
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