Diario Constitucional

Luego del homenaje a Krassnoff.

Senadora presenta iniciativa que prohíbe realizar homenajes o cualquier otro tipo de conmemoración a personas condenadas por delitos de lesa humanidad.

La moción de la senadora Isabel Allende, expone que los avances realizados desde el retorno a la democracia en materia de derechos humanos han sido importante tanto material como simbólicamente. Así se puede apreciar en el artículo 5° de nuestra Carta Fundamental, que establece como limitación a la soberanía del Estado, los derechos humanos. Observa…

Por Redacción·25 de noviembre de 2011·2 min de lectura
Senadora presenta iniciativa que prohíbe realizar homenajes o cualquier otro tipo de conmemoración a personas condenadas por delitos de lesa humanidad.
Referencial

La moción de la senadora Isabel Allende, expone que los avances realizados desde el retorno a la democracia en materia de derechos humanos han sido importante tanto material como simbólicamente. Así se puede apreciar en el artículo 5° de nuestra Carta Fundamental, que establece como limitación a la soberanía del Estado, los derechos humanos.

Observa luego que los crímenes cometidos por organizaciones del Estado y policías políticas durante el período militar, no ha sido posible remediarlos de manera eficiente en políticas de memoria, por tanto se debe continuar con la tendencia de llegar a una reparación simbólica significativa de las personas involucradas.

Añade que las “políticas de reparación” han sido definidas como “el conjunto de teorías y prácticas derivadas de los procesos políticos por medio de los cuales las sociedades tratan de ajustar cuentas con un pasado de atrocidad e impunidad, y hacen justicia a las víctimas de dictaduras, guerras civiles y otras crisis de amplio espectro o larga duración, con el propósito de avanzar o retornar a la normalidad democrática”, asimismo, el relator de la ONU, Louis Joinet, ha considerado algunos principios básicos en materia de políticas de impunidad en el contexto del Informe final elaborado y revisado en aplicación de la decisión 1996/119 de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de las Minorías de la Comisión de Derechos Humanos, del que se puede desprender “la prohibición de realizar honores, homenajes a aquellas personas, vivas o fallecidas, que hayan sido condenadas por crímenes de lesa humanidad”.

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