Control obligatorio.
TC deberá pronunciarse acerca de la constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la LOC de Municipalidades y regula las asociaciones municipales.
La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y regula las asociaciones municipales, a fin de que ejerza a su respecto el control preventivo y obligatorio de constitucionalidad. La iniciativa tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo ingresado a trámite legislativo…

La Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley que modifica la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y regula las asociaciones municipales, a fin de que ejerza a su respecto el control preventivo y obligatorio de constitucionalidad.
La iniciativa tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo ingresado a trámite legislativo a fines de 2009 con el fin de hacer efectivo el mandato constitucional que incorporó la Ley Nº 20.346 (D.O., 14 mayo 2009), la cual sustituyó el inciso 6º del artículo 118 de la Carta Fundamental, a fin fortalecer el asociacionismo municipal y dispuso que «Las municipalidades podrán asociarse entre ellas en conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva, pudiendo dichas asociaciones gozar de personalidad jurídica de derecho privado. Asimismo, podrán constituir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines de lucro cuyo objeto sea la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo. La participación municipal en ellas se regirá por la citada ley orgánica constitucional».
En lo fundamental el proyecto de ley establece que dos o más municipalidades, pertenezcan o no a una misma provincia o región, podrán constituir asociaciones municipales, para los efectos de facilitar la solución de problemas que les sean comunes, o lograr el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, pudiendo dichas asociaciones gozar de personalidad jurídica de derecho privado.
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