Diario Constitucional

Remisión prejudicial.

TJUE indica que la Directiva sobre propiedad intelectual, solo obliga a la plataforma a entregar la dirección de quién subió el video sin consentimiento del titular.

Las películas Parker y Scary Movie 5 fueron subidas a YouTube sin el consentimiento del titular de los derechos.

Por Redacción·11 de julio de 2020·2 min de lectura
TJUE indica que la Directiva sobre propiedad intelectual, solo obliga a la plataforma a entregar la dirección de quién subió el video sin consentimiento del titular.
Referencial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que, en el contexto de la subida de una película a una plataforma de vídeos en línea sin el consentimiento del titular de los derechos de autor, la Directiva 2004/48 relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, no obliga a que las autoridades judiciales ordenen al operador de la plataforma que proporcione la dirección de correo electrónico, la dirección IP o el número de teléfono del usuario que haya subido la película de que se trate.

Si bien la Directiva prevé que se faciliten las “direcciones” de las personas que hayan infringido un derecho de propiedad intelectual, esta dirección dice referencia únicamente a la dirección o domicilio de la persona.

Durante 2013 y 2014, las películas Parker y Scary Movie 5 fueron subidas a la plataforma de vídeos YouTube sin el consentimiento de Constantin Film Verleih, titular de los derechos exclusivos de explotación de dichas obras en Alemania. Ante ello, el titular solicitó a YouTube y a Google, que le facilitaran una serie de datos sobre cada uno de los usuarios que habían puesto en línea las citadas películas, a lo que las plataformas se negaron, señalando que se vulnera la protección de datos personales.

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