Por unanimidad.
Consejo para la Transparencia rechazó amparo que solicitaba información de salud de los funcionarios de la PDI.
El requirente solicitó información sobre trastornos psiquiátricos.

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un particular en contra del Policía de Investigaciones de Chile mediante el cual se solicitaba información relativa a la salud de los funcionarios.
El requirente solicitó a la institución que informe la cantidad de funcionarios activos y en retiro diagnosticados con trastorno de personalidad por los médicos de la misma policía. El requerido negó la solicitud de acceso, señalando que en las bases de datos de la «Comisión Médica Institucional» no existen campos relacionados con enfermedades de origen común, enfermedades de origen profesional y tipos de diagnósticos, no contando, por consiguiente, con la información requerida, sino que solamente con antecedentes estadísticos. Paralelamente, señala que el diagnóstico de una enfermedad corresponde a un dato sensible en atención de lo dispuesto en el artículo 2° letra g), de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, los cuales en razón de lo dispuesto en el artículo 10 de la referida ley no pueden ser objeto de tratamiento si no es con el consentimiento del titular; por lo que considera que se encuentra impedida de entregar la información solicitada
El requirente dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la PDI, fundado en la respuesta negativa otorgada a su solicitud.
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