Diario Constitucional

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Corte de Apelaciones de Santiago confirma multa a canal de TV por revelar identidad de menor en grave situación de vulnerabilidad de derechos, en programa informativo.

El Tribunal de alzada estableció que en la especie, se encuentra probado que la sancionada infringió la intimidad de la niña. Si bien es cierto se ocultó el rostro de la niña, no es menos cierto que se exhibieron los antecedentes de la niña en el programa, además de su voz y la individualización e imágenes de la guardadora y madre biológica.

Por Redacción·22 de marzo de 2022·3 min de lectura
Corte de Apelaciones de Santiago confirma multa a canal de TV por revelar identidad de menor en grave situación de vulnerabilidad de derechos, en programa informativo.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad deducido en contra de la resolución del Consejo Nacional de Televisión que aplicó una multa de 400 UTM a concesionaria por revelar la identidad de una menor en grave situación de vulnerabilidad de derechos, en programa informativo Chilevisión Noticias Central, emitido el 7 de febrero del año pasado.

El fallo señala que, como se desarrolla en el dictamen emanado del Consejo Nacional de Televisión, fluye con naturalidad que si bien es cierto se ocultó el rostro de la niña, no es menos cierto que se exhibieron los antecedentes de la niña en el programa, además de su voz y la individualización e imágenes de la guardadora y madre biológica. Luego, la guardadora da cuenta en el programa de la grave vulneración de derechos en que se encontraban la niña, dado el historial de su vida, que daba cuenta de situaciones de abandono, negligencia y desapego con la madre biológica sin percatarse que esa vulneración, ahora en cuanto su privacidad, honra y dignidad, se veía notablemente acrecentada por el hecho de difundir su situación, haciéndola pública.

La resolución agrega que estos sentenciadores destacan, como bien es señalado en la sentencia del Consejo Nacional de Televisión, que la niña se encuentra sujeta a un proceso judicial de familia, que está bajo el cuidado de un tercero, que a pesar de haber ordenado el tribunal la entrega de la niña a la madre biológica ello no se produjo porque la guardadora prefirió huir e itinerar por el país con la misma a fin de no ser descubierta”.

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