Diario Constitucional

Reclamos de ilegalidad rechazados.

Corte de Santiago confirma resolución que ordenó la entrega de copias de convenios de isapres con farmacias.

En fallo dividido, la Quinta Sala del tribunal de alzada desestimó la procedencia de los reclamos, tras establecer que la información solicitada por ley de transparencia es de carácter público y no afecta los derechos comerciales de las recurrentes.

Por Redacción·08 de noviembre de 2023·6 min de lectura
Imagen: america-retail.com
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La Corte de Apelaciones de rechazó los reclamos de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución, adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó la entrega de copias de convenios suscritos por isapres con cadenas de farmacias o prestadores farmacéuticos.

El fallo señala que, para decidir si es o no legal la calificación de pública de la información que ha hecho el CPLT, ha de considerarse el contexto en el cual la Administración obtuvo esta información, y para ello no puede olvidarse que la Superintendencia de Salud requirió en el ámbito de una fiscalización los convenios celebrados por las Isapres con las respectivas farmacias, y tal fiscalización obedece a la función pública que cumplen las ISAPRES. En efecto, si bien la naturaleza de estas instituciones es privada el rol que desempeñan obedece a un fin público como lo es la salud de sus beneficiarios y por ello también se someten a la regulación que hace la Superintendencia del ramo.

La resolución agrega que, debemos recordar que las Isapres se encuentran afectas especialmente a un régimen de publicidad descrito en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. Las Isapres son personas jurídicas que deben registrarse en la Superintendencia de Salud y tienen por objeto exclusivo el financiamiento de las prestaciones y beneficios de salud, así como las actividades afines o complementarias de ese fin (artículos 171 y 173 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud). Dentro de ese escenario se trata de terceros desligados de todo vínculo con el Estado, pues su finalidad no es otra que prestar un servicio básico a la población, como es la salud.

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