Correspondientes al año 1995.
CPLT acoge parcialmente amparo de acceso a la información contra Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente en caso relativo a pago de imposiciones.
El Servicio de Salud en su oportunidad le informó que se harían las consultas pertinentes a la Superintendencia de Pensiones; sin embargo, no tuvo el requirente ningún tipo de respuesta.

Se dedujo un amparo de acceso a la información en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, fundado en no haber dado respuesta a una solicitud de información sobre el pago de sus imposiciones en el año 1995, cuando el solicitante se desempeñó en el Hospital Sotero del Río.
Se agrega que el Servicio de Salud en su oportunidad le informó que se harían las consultas pertinentes a la Superintendencia de Pensiones; sin embargo, no tuvo ningún tipo de respuesta, por lo que requiere que se le informe las gestiones realizadas ante el ente fiscalizador, y la solución y orientación.
Sobre el particular, el Consejo para la Transparencia sostiene que no controvirtió las circunstancias fácticas descritas por el requirente en su solicitud de información, razón por la cual, aquellas se tendrán por efectivas.
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