No se configura causal de reserva.
CPLT acoge parcialmente amparo de acceso a la información contra Universidad Arturo Prat.
El Consejo concluye indicando que las dificultades alegadas por el órgano reclamado no permiten dar por configurada la distracción indebida.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de la Universidad Arturo Prat, fundado en la negativa a entregar la información solicitada relativa a Zeus SpA., sociedad relacionada con el Magíster de Economía y Finanzas de dicha institución.
Sobre el particular, el Consejo para la Transparencia expone que, en cuanto a los documentos relativos a la participación de la Universidad en la sociedad Zeus SpA., la universidad aclaró que esta última no tiene ninguna relación societaria con la Universidad Arturo Prat ni en cuanto a aportes ni participación. Por tanto, el CPLT estima plausible la alegación del órgano en orden a no contar con la información solicitada, por cuanto dicha información debería obrar en su poder, precisamente si tuviera alguna participación en dicha sociedad, razón por la cual rechaza el amparo en esa parte.
Respecto a la información sobre la decisión de la universidad de recibir los pagos por el magister antes señalado, por medio de la empresa Zeus SpA., tales como contratos celebrados con aquella, decretos que se refieran a la decisión de contratarla, documentos de resolución de mercado público, entre otros, el órgano realizó la misma alegación anterior, en orden a no contar con lo pedido al no tener relación societaria con la sociedad Zeus SpA. Sin embargo, el hecho de mantener o no con dicha sociedad una relación societaria es irrelevante para los efectos de lo consultado, en la medida de que eventualmente podrían existir vínculos contractuales entre la universidad y la empresa en comento, lo que el órgano no aclaró ni en su respuesta ni en sus descargos. Por tal motivo, el Consejo acogió el amparo en esta parte.
Te puede interesar

Hasta el 18 de junio.
CPLT lanza concurso de buenas prácticas en transparencia.

“Copia de CD-ROM”.
CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Ejército y ordena entregar antecedentes en el formato solicitado.

Ante amparo deducido por la Universidad Central.
CPLT se pronuncia sobre solicitud de información requerida al Consejo de Rectores de Universidades Chilenas.

