Diligencias previas.
CPLT declaró inadmisible amparo de acceso a la información contra SENCE.
Se dedujo amparo de acceso a la información en contra el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, fundado en la denegación de la información solicitada.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, fundado en la denegación de la información solicitada, debido a que habría remitido mensajes de texto a través de «Whatsapp» al SENCE, por cuanto en su curso de embellecimiento de manos y pies no habría recibido los respectivos materiales, y el órgano reclamado no se ha pronunciado sobre la situación.
Al efecto, el Consejo expresó que para poder conocer de las solicitudes de acceso a la información en contra de los órganos de la administración del Estado, es necesario que con anterioridad se hayan efectuado ante los mismos una o más solicitudes de acceso a la información en los términos exigidos por los artículos 12 y 14 de la Ley de Transparencia, y 27 y 28 de su Reglamento.
En ese sentido, el CPLT indica que la manera de efectuarlas es: a) Por escrito; mediante el formulario dispuesto en dependencias de los órganos de la Administración del Estado, principalmente en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), o a través de carta dirigida al Jefe Superior del Servicio; o, b) Por sitios electrónicos, a través del sitio especificado para su recepción por el respectivo organismo público.
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