Segunda Sala.
TC declara inadmisible requerimiento de inaplicabilidad por no haberse acreditado que la gestión invocada se encuentre pendiente.
Cabe recordar que el TC ya ha resuelto, en casos anteriores, la inaplicabilidad de la norma legal objetada.

Se solicitó declarar inaplicable el inciso tercero del artículo 474 del Código del Trabajo, en relación a una causa laboral seguida ante un Juzgado Civil de Letras de Chillán.
El Tribunal resolvió que para acoger el requerimiento a tramitación debía acreditarse que la gestión se encuentra pendiente y que el precepto impugnado puede resultar decisivo en ella.
El actor acompañó copia autorizada de una sentencia interlocutoria que acoge una excepción de la demandada que pone término al juicio y que había sido dictada una semana antes de interponerse el requerimiento.
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