Acuerdos de noviembre de 2019
Declaración de los 34: entre aspiraciones y confusiones
Está el llamado a no regirse por los acuerdos de 15 de noviembre de 2019. Dicha situación es inadmisible, ya que dicho acuerdo fue la base de la reforma constitucional que habilitó el proceso constituyente. Existe norma clara al respecto y ésta es la reforma constitucional que posibilitó la apertura de dicho proceso.

Con honda preocupación como chileno, ciudadano y abogado, he leído la declaración de los 34 convencionales constituyentes, que bajo la denominación de “Vocería de los pueblos de la revuelta popular constituyente”, han emitido realizando una serie de exigencias de cara al proceso constituyente.
Algunos de estos llamados pueden ser considerados encomiables y otros reprochables. Esto queda a la opinión de quien lea el texto. Sin perjuicio de lo anterior, no se puede dejar de observar dos aspectos de dicho documento.
En primer lugar, está el llamado a no regirse por los acuerdos de 15 de noviembre de 2019. Dicha situación es inadmisible, ya que dicho acuerdo fue la base de la reforma constitucional que habilitó el proceso constituyente. Existe norma clara al respecto y ésta es la reforma constitucional que posibilitó la apertura de dicho proceso.





