Diario Constitucional

Pacto social constitucional

El acuerdo constitucional de noviembre de 2019

La Constitución es entonces el instrumento que fija las normas básicas y esenciales de la convivencia social por lo que muchos la asimilan a un "pacto social".

22 de noviembre de 2019·4 min de lectura
Imagen: t13.cl
Referencial

1.- La Constitución hace a lo menos dos cosas esenciales: limita el poder por medio del reconocimiento de derechos fundamentales y lo organiza mediante la creación de poderes públicos, con sus respectivas funciones y atribuciones, además de fijar los lineamientos básicos de las relaciones entre éstos y la ciudadanía.

La Constitución es entonces el instrumento que fija las normas básicas y esenciales de la convivencia social por lo que muchos la asimilan a un “pacto social”. Si este pacto social no se alcanza por medio de un acuerdo (no sobre todas las cosas sino sobre las cuestiones fundamentales) entonces ya no será un pacto, será una imposición. Ejemplo: la Constitución de 1980.

El gran problema de imponer un texto fundamental es que con ello se desconoce que las sociedades (especialmente las sociedades multiculturales) están conformadas por distintas visiones que aspiran legítimamente a que sus voces sean escuchadas y sus ideas plasmadas en leyes y políticas públicas. La Constitución fija las reglas básicas y por medio de los mecanismos propios de la democracia (preferiblemente con muchos canales de participación ciudadana directa) la ciudadanía determinará que decisiones vinculantes tomaremos y que se encauzan dentro de nuestras posturas y convicciones morales, económicas, políticas, etc.

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