Estado incumple normas ambientales
El Derecho Internacional Público y el caso Puchuncaví Quintero.
La omisión del cumplimiento de obligaciones internacionales contenidas en tratados internacionales vigentes en Chile, es un ilícito configurado por la imperatividad de la norma jurídica ambiental nacional aplicadora de las internacionales ambientales a un órgano del Estado.
Esta sentencia, enmarcada en un conflicto ambiental de cuarenta años, permite analizar la aplicación de las normas jurídicas internacionales a fin de configurar la ausencia de cumplimiento de la regulación nacional que ordena aplicación de tratados internacionales vigentes en Chile. La Excelentísima Corte Suprema en el fallo del caso Puchuncaví/Quintero (Rol N° 5888-2019) ha establecido la responsabilidad internacional y nacional estatal por incumplimiento de obligaciones internacionales aceptadas y relacionadas a normas jurídicas nacionales. Existen otros temas pero los mismos los analizaremos en otras entregas.
Breve descripción del problema factual y jurídico
En la zona Puchuncaví/Quintero existe un complejo industrial cuya producción requiere emitir al aire una serie de contaminantes químicos. Los mismos han afectado a las personas que viven y trabajan en dicha zona. El problema jurídico es determinar quiénes son los que han incumplido con la aplicación de las prestaciones contenidas en las obligaciones que se derivan de las normas jurídicas constitucionales, particularmente el derecho a la vida, derecho a vivir en un medio ambiente sano y la integridad síquica, al menos. Con la determinación de la omisión nace la responsabilidad y la forma de reparar la misma.
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