Definición constitucional de
Estatuto de la persona en el Anteproyecto Constitucional.
Si en definitiva se quiere ser consecuente y si se aspira a evitar todo equívoco, correspondería redactar el art. 17 N° 1 en los siguientes términos: “La ley asegura a todas las personas el derecho a la vida, desde que esta comienza como tal. Son personas todos los individuos de la especie humana cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición. Se prohíbe la pena de muerte”. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de una debida clarificación, corresponde agregar que el Estado estrictamente no puede asegurar a nadie el derecho a la vida, sino el de “protección de la vida”.

Uno de los términos más empleados en la redacción de este anteproyecto es el de “persona”. Por ejemplo, el art. 6, 1:“El ejercicio de la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos: . .”
Sin embargo, a pesar de la importancia capital que este término reviste, en ninguna parte el anteproyecto define qué entiende por persona. Lo cual es tanto más importante cuando se tienen a la vista las controversias que puede suscitar. Un término, sinónimo de persona, el de hombre, cuya universalidad parece obvia, pudo sin embargo ser entendido en un sentido restringido. En la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, se habla de que “todos los hombres son creados iguales, y dotados por su Creador con ciertos derechos inalienables entre los cuales la Vida, la Libertad y la búsqueda de la Felicidad”. Sin embargo, varios de quienes firmaron esa declaración, comenzando por Thomas Jefferson, el principal de ellos, poseían cifras inmensas de esclavos a ninguno de los cuales, por cierto, liberaron. ¿Es que no eran hombres?
Por otra parte, en Chile es digno de destacarse lo que sucedió con el término “familia”, cuando se instauró el denominado divorcio “vincular” (2004). En ese momento, se arguyó por los patrocinantes de la iniciativa que, como la Constitución no definía qué entendía por “familia”, ella podía recibir múltiples interpretaciones, como de hecho así ha sucedido casi hasta el infinito: ahora, cualquier cosa, entre nosotros, puede ser familia. Otro tanto puede suceder con el término persona.
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