Diario Constitucional

Precedentes y criterios judiciales

La jurisprudencia en materia penal.

En el fondo, nos encontramos en presencia de una gravísima infracción a los derechos ciudadanos de la persona que fue condenada, en donde no se respetaron criterios jurídicos ya establecidos en sentencias anteriores.

26 de noviembre de 2014·12 min de lectura

En nuestro sistema jurídico no existe una definición para el concepto de “jurisprudencia”. El Diccionario de la Real Academia contiene las siguientes: “1.Ciencia del derecho. 2.Conjunto de las sentencias de los tribunales y doctrina que contienen. 3.Criterio sobre un problema jurídico establecido por una pluralidad de sentencias concordes”.

En general, en medios académicos, tiende a prevalecer la tercera forma citada. Así, se comenta que la jurisprudencia es “uniforme”, cuando un mismo criterio jurídico es reconocido en diversas sentencias. Por el contrario, la jurisprudencia sería “contradictoria” cuando se observa la situación opuesta.

En Chile, a diferencia del sistema anglo-sajón, la jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia, no constituye un precedente que necesariamente deba ser considerado y aplicado en otros juicios posteriores.

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