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Matrimonio igualitario: La hora de la Corte de Apelaciones.
En su sentencia Rol N° 1881 de fecha 3 de noviembre de 2011, el Tribunal Constitucional ha descartado la utilización de sus facultades de inaplicar el Artículo 102 del Código Civil afirmando de sí mismo que “no se encuentra facultado para modificar y regular las instituciones que contempla el ordenamiento jurídico mediante un pronunciamiento de…

En su sentencia Rol N° 1881 de fecha 3 de noviembre de 2011, el Tribunal Constitucional ha descartado la utilización de sus facultades de inaplicar el Artículo 102 del Código Civil afirmando de sí mismo que “no se encuentra facultado para modificar y regular las instituciones que contempla el ordenamiento jurídico mediante un pronunciamiento de inaplicabilidad” (Considerando 9º).
Incluso más, ha desechado la cuestión planteada por la Corte de Apelaciones de Santiago afirmando que “el reproche al artículo 102 del C . . .





